“Una de las empresas pioneras en soluciones web3, activos digitales y tokenización, reconocida por su innovación y sólida reputación en España y América Latina.”
Tokenización de activos en Colombia
Construimos la plataforma para tokenizar bonos, acciones y derechos sobre ingresos en Colombia: alta del inversionista, tokens ERC-3643 y registro conciliado con el depósito centralizado o el libro del emisor, coordinados con el despacho que estructura la emisión bajo la Ley 964 de 2005.
Tokeniza tu activoConfían en Metlabs para tokenizar sus activos
¿Por qué tokenizar activos en Colombia?
Colombia no tiene un régimen propio de valores en registro distribuido, pero su ley general ya se ha probado con un token: en 2022 la SFC cerró en laArenera un piloto en el que un bono se emitió, se inscribió en el RNVE y se canceló en una red blockchain. Para un emisor, la decisión es el derecho, el vehículo y la vía de oferta.
100
personas determinadas a partir de las cuales una oferta de valores es pública y exige inscripción en el RNVE
Decreto 2555 · 20261,53 M UVT
tope por receptor en una plataforma de financiación colaborativa, en unidades de valor tributario
Decreto 2555 · 20262022
año en que la SFC cerró en laArenera un piloto de bono emitido, inscrito en el RNVE y cancelado en blockchain
SFC · 23 ago 2022Deuda, equity y rentas: qué se tokeniza en Colombia
Casi toda emisión tokenizada representa uno de estos tres derechos frente al emisor. El derecho decide el vehículo, la norma aplicable y quién lleva el registro, y en Colombia también si la sociedad puede acudir al mercado público o debe quedarse fuera del RNVE.
| Derecho | Deuda | Equity | Rentas |
|---|---|---|---|
| Qué se emite | Bonos | Acciones | Derechos sobre ingresos |
| El inversionista recibe | El inversionista presta al emisor y cobra intereses y, al vencimiento, el principal. | El inversionista entra en el capital: dividendos, voto y su parte en una venta o liquidación. | El inversionista cobra una parte de los ingresos de un activo: alquileres, energía vendida, ventas o royalties. |
| El token aplica |
|
|
|
| Emisor | S.A.; la S.A.S., fuera del RNVE | S.A.; la S.A.S., sin RNVE ni bolsa | Sociedad o patrimonio autónomo |
| Registro | Depósito de valores o libro del emisor | Depósito o libro de accionistas | Depósito de valores o libro del emisor |
| Norma | Ley 964/2005 y Decreto 2555/2010 | Ley 964/2005 y Código de Comercio | Ley 964/2005, art. 2 |
| Cómo se emite | Ofrecido a personas indeterminadas o a cien o más determinadas, el bono es oferta pública y se inscribe en el RNVE. Si circula por anotación en cuenta, el derecho nace en el depósito centralizado, no en la red. Una S.A.S. solo emite deuda en oferta privada o en financiación colaborativa. | Las acciones de una S.A. pueden inscribirse en el RNVE; las de una S.A.S. no, aunque sí colocarse en financiación colaborativa. Las cuotas de una Ltda. no sirven como token: su cesión es una reforma estatutaria que exige escritura pública inscrita en el registro mercantil. | Si forma parte de una emisión y capta recursos del público, es un valor. Una vía regulada es la titularización: una fiduciaria recibe las rentas en un patrimonio autónomo, que emite títulos de participación sobre flujos con tres años de historia o de proyección. |
¿Qué regulación aplica a la tokenización en Colombia?
Colombia no tiene una ley de tokenización ni un régimen de valores en DLT. Si el token forma parte de una emisión y capta recursos del público, es un valor: sigue la Ley 964 de 2005 y el Decreto 2555 de 2010, con la Superintendencia Financiera (SFC) como supervisor. Llamarlo token de utilidad no cambia esa calificación.
Una oferta dirigida a personas indeterminadas o a cien o más personas determinadas es pública y exige inscribir al emisor y la emisión en el RNVE; en el segundo mercado, solo pueden comprar inversionistas profesionales. La financiación colaborativa va aparte: sus valores se emiten en una plataforma autorizada por la SFC, no son oferta pública y tienen un tope por receptor. Captar dinero del público de forma masiva y habitual sin autorización es delito.
Cuando los valores circulan por anotación en cuenta, la ley da efecto constitutivo al asiento del depósito centralizado de valores, no a cualquier registro distribuido, así que el token se diseña conciliado con ese asiento o, fuera del RNVE, con el libro del emisor. Para quien intercambie o custodie activos virtuales no existe una licencia general: los reportes a la UIAF y la DIAN no equivalen a una. Coordinamos la estructura con despachos especializados, y las entidades autorizadas prestan los servicios regulados.
Colombia
- Autoridades
- Superintendencia Financiera, UIAF y DIAN según actividad
- Último cambio regulatorio
- abr 2026
Autorizaciones clave
- Autorización financiera o de valores cuando corresponda a la actividad
- Alta y reportes UIAF para proveedores comprendidos
- Obligaciones DIAN de registro e información según el régimen aplicable
Nuestros partners legales
Cómo tokenizamos un activo en Colombia, paso a paso
Las cuatro fases del pilar, con las figuras que intervienen en Colombia. El despacho y nuestro equipo técnico trabajan en paralelo desde el análisis del activo hasta la captación.
Revisamos la titularidad, las cargas y los flujos del activo y decidimos con el emisor si el token será deuda, acciones o un derecho sobre ingresos. De ahí salen el vehículo, una S.A., una S.A.S. o un patrimonio autónomo de una fiduciaria, el importe y las reglas de la emisión.

El despacho califica el token con el artículo 2 de la Ley 964 y elige la vía: oferta pública inscrita en el RNVE, en el mercado principal o en el segundo mercado; oferta privada; o una plataforma de financiación colaborativa. Si la emisión se desmaterializa, interviene el depósito centralizado de valores.

Configuramos la plataforma white label con tu marca: alta del inversionista con KYC, firma, pago y tokens ERC-3643 con las reglas de la oferta, como limitar la suscripción a inversionistas profesionales en el segundo mercado. La conciliación con el depósito o el libro del emisor y los calendarios de pagos se desarrollan a medida.

Con el emisor y, si lo hay, el intermediario de valores o la plataforma de financiación colaborativa que coloca la emisión, preparamos la página de la oferta y medimos el recorrido hasta la suscripción pagada. Tras la emisión, la plataforma gestiona los repartos, las transmisiones entre inversionistas verificados y los informes.





¿Qué opinan de Metlabs nuestros clientes?
“Estructuramos con ellos la tokenización de proyectos inmobiliarios y destaco la capacidad del equipo para entender nuestras necesidades corporativas y resolverlas.”
“Nos asesoraron en la viabilidad de tokenizar activos inmobiliarios en Uruguay con un trato cordial y directo. Un equipo profesional, inmediato y siempre disponible.”
“Grandes profesionales en la estructuración de proyectos tokenizados, con un dominio técnico y una atención al detalle que dan plena confianza en cada fase del trabajo.”
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¿Qué incluye nuestra plataforma white label de tokenización en Colombia?
El portal del inversionista, los tokens ERC-3643 y la consola del emisor, con tu marca. De serie resuelve el alta, la firma, el pago y los repartos; lo que tu emisión necesite además, como un medio de pago local o la conexión con tu banco o tu custodio, lo desarrollamos sobre la misma plataforma.
Solicita una demo
- Tu marca y tu dominioTu identidad visual y tus avisos legales en el portal del inversionista.
- Alta del inversionistaRegistro, KYC con cédula de ciudadanía, KYB, controles LA/FT y wallet custodiada.
- Inversión de principio a finFirma electrónica y cobro en pesos por PSE o con stablecoin (USDT/USDC).
- Tokens ERC-3643Cada suscripción se emite con las reglas del segundo mercado o de la oferta privada.
- Consola del emisorProyectos, inversionistas, conciliación en pesos, repartos y reporting.
- Compliance y trazabilidadExpediente KYC y LA/FT por inversionista y registro de auditoría exportable.
Custodia institucional integrada
Integramos por API proveedores de custodia y gestión de claves como Fireblocks, BitGo, Coinbase Prime, Anchorage Digital, Copper o Ledger Enterprise. Según el proveedor y el modelo elegido, las claves se gestionan con MPC o multifirma para que ninguna dependa de un único dispositivo. Si el token es un valor, la custodia por cuenta de terceros la presta una entidad autorizada.
Preguntas frecuentes sobre tokenización en Colombia
Lo que nos preguntan antes de empezar un proyecto.
Habla con nuestro equipo¿Es legal tokenizar activos en Colombia?
Sí, dentro del régimen general. No hay una ley específica de tokenización ni una prohibición general: si el token es un valor, la emisión sigue la Ley 964 de 2005 bajo la supervisión de la SFC. Lo que exige autorización es la actividad, como ofrecer valores al público, intermediarlos o administrar el depósito donde se anotan.
¿Puede una S.A.S. emitir valores tokenizados?
No en el mercado público: el artículo 4 de la Ley 1258 de 2008 impide inscribir sus acciones y demás valores en el RNVE y negociarlos en bolsa. El Plan Nacional de Desarrollo de 2023 lo permitió, pero la Corte Constitucional anuló esa reforma en la sentencia C-038 de 2025. Una S.A.S. sí puede emitir en oferta privada o en financiación colaborativa, o transformarse en S.A.
¿Cuánto se puede captar en financiación colaborativa en Colombia?
Hasta 1.526.155 UVT por receptor, unos 79.930 millones de pesos con la UVT de 2026, o 499.947 UVT si todo el dinero procede de aportantes no calificados. Cada aportante no calificado puede invertir como máximo el 20% de sus ingresos anuales o de su patrimonio, el mayor de los dos. Por encima, la vía es la oferta privada o la inscrita en el RNVE.
¿El token da la propiedad del inmueble?
No por sí mismo. La propiedad de un inmueble se transmite inscribiendo el título en la oficina de registro de instrumentos públicos. El inmueble puede estar a nombre de la sociedad emisora o de un patrimonio autónomo administrado por una fiduciaria, y el token representa una acción, un bono o un derecho sobre sus rentas frente a ese emisor.
Activos que tokenizamos en Colombia.
Tokeniza tu activo en Colombia
Cuéntanos qué derecho quieres emitir y te proponemos la estructura técnica, los plazos y el presupuesto por fases.
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