“Una de las empresas pioneras en soluciones web3, activos digitales y tokenización, reconocida por su innovación y sólida reputación en España y América Latina.”
Tokenización de activos en Uruguay
Construimos la plataforma para tokenizar obligaciones negociables, acciones y derechos sobre ingresos en Uruguay: alta del inversor, tokens ERC-3643 y registro de cada emisión, coordinados con el despacho que la estructura bajo la Ley 18.627 del Mercado de Valores y la supervisión del BCU.
Tokeniza tu activoConfían en Metlabs para tokenizar sus activos
¿Por qué tokenizar activos en Uruguay?
Desde 2024 la ley uruguaya admite valores escriturales emitidos y transferidos en DLT, con los requisitos que fije el Banco Central del Uruguay, y en 2026 el BCU aprobó el régimen de los proveedores de servicios de activos virtuales. En las plataformas de financiamiento colectivo, las empresas pueden emitir capital, deuda o títulos mixtos. Falta concretar, emisión a emisión, qué registro descentralizado acepta el supervisor.
2024
año en que la Ley 18.627 incorporó los valores escriturales de registro descentralizado
IMPO · Ley 20.34575 M UI
ventas anuales máximas de una empresa para emitir en una plataforma de financiamiento colectivo
BCU · Circular 2484, 20252026
año en que el BCU aprobó el régimen de autorización de los proveedores de servicios de activos virtuales
BCU · Circular 2507Deuda, equity y rentas: qué se tokeniza en Uruguay
Casi toda emisión tokenizada representa uno de estos tres derechos frente al emisor. En Uruguay el derecho decide el vehículo, la norma aplicable y quién lleva el registro de los valores, y se fija antes que la red o el estándar del token.
| Derecho | Deuda | Equity | Rentas |
|---|---|---|---|
| Qué se emite | Obligaciones negociables | Acciones de sociedad anónima | Fideicomiso financiero y derechos sobre ingresos |
| El inversor recibe | El inversor presta al emisor y cobra intereses y, al vencimiento, el principal. | El inversor entra en el capital: dividendos, voto y su parte en una venta o liquidación. | El inversor cobra una parte de los flujos de un activo: alquileres, cosechas, energía vendida o cobros de contratos. |
| El token aplica |
|
|
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| Emisor | Sociedades comerciales y cooperativas | S.A.; la SAS, sin oferta pública | Fiduciario financiero o sociedad |
| Registro | Entidad registrante | Libro de acciones o entidad registrante | Entidad registrante |
| Norma | Ley 18.627 | Ley 16.060 y Ley 18.627 | Ley 17.703 y Ley 18.627 |
| Cómo se emite | Son valores y, si se ofrecen al público, deben representarse en cuenta; desde 2024 esas anotaciones pueden llevarse en DLT con los requisitos del BCU. El documento de emisión nombra una sola entidad registrante. Una SAS que emita obligaciones cumple las reglas de la sociedad anónima abierta. | Las cuotas de una S.R.L. no pueden representarse en títulos negociables y su cesión a terceros exige el 75% del capital o la unanimidad, así que no sirven como token. Una S.A. puede llevar acciones escriturales en su libro registro, y una SAS no puede ofrecer sus acciones al público. | La ley de valores incluye todo derecho de crédito o inversión, así que un derecho sobre ingresos ofrecido al público suele ser un valor. La figura propia es el fideicomiso financiero: un fiduciario autorizado separa el activo y emite certificados de participación sobre sus flujos, que la ley considera títulos valores. |
¿Qué regulación aplica a la tokenización en Uruguay?
Un token que representa un valor sigue la Ley 18.627 del Mercado de Valores y lo supervisa la Superintendencia de Servicios Financieros del BCU. La licencia de proveedor de servicios de activos virtuales, o PSAV, de la Circular 2507 es otra autorización: habilita al proveedor, deja fuera los instrumentos con régimen especial y no permite por sí sola ninguna emisión.
La reforma de 2024 reconoce los valores escriturales de registro descentralizado, pero remite sus requisitos a la regulación del BCU, y cada emisión tiene una única entidad registrante que figura en el documento de emisión. Ese reconocimiento no valida una red, un emisor o un documento digital concretos. Para ofrecer los valores al público, el emisor y la emisión se inscriben antes en el Registro del Mercado de Valores.
Hacia el inversor hay tres vías: la oferta pública inscrita, en régimen general o simplificado; la emisión privada, que se coloca solo de forma directa a personas determinadas, sin publicidad ni cotización en bolsa; o una plataforma de financiamiento colectivo autorizada, que actúa también como entidad registrante y agente de pago. Diseñamos la parte técnica con el despacho que estructura la emisión, y las entidades autorizadas prestan los servicios regulados.
Uruguay
- Autoridades
- Banco Central del Uruguay, SSF y UIAF
- Último cambio regulatorio
- ago 2026
Autorizaciones clave
- Autorización previa de la SSF como PSAV y declaración de actividades
- Régimen de valores para instrumentos y servicios excluidos de la licencia PSAV
- Transición de solicitud para operadores existentes hasta el 31 de marzo de 2027
Nuestros partners legales
Cómo tokenizamos un activo en Uruguay, paso a paso
Las cuatro fases del pilar, con las figuras que intervienen en Uruguay. El despacho y nuestro equipo técnico trabajan en paralelo desde el análisis del activo hasta la captación.
Revisamos la titularidad, las garantías y los flujos del activo y decidimos con el emisor si el token será una obligación negociable, una acción o un certificado de participación. De ahí salen el vehículo, una S.A. o un fideicomiso financiero, el importe y las reglas de la emisión.

El despacho califica el token, redacta el documento de emisión y elige la vía: oferta pública inscrita en el BCU, emisión privada o plataforma de financiamiento colectivo. En el documento queda nombrada la entidad registrante que llevará las anotaciones de los valores.

Configuramos la plataforma white label con tu marca: alta del inversor con KYC, firma, pago y tokens ERC-3643 con las reglas de la oferta. La conciliación con el registro de la entidad registrante y los calendarios de cupones o repartos se desarrollan a medida.

Con el emisor y, si lo hay, el intermediario de valores o la plataforma que coloca la emisión, preparamos la página de la oferta y medimos el recorrido hasta la suscripción pagada. Después, la plataforma gestiona los repartos, las transmisiones entre inversores verificados y los informes.





¿Qué opinan de Metlabs nuestros clientes?
“Estructuramos con ellos la tokenización de proyectos inmobiliarios y destaco la capacidad del equipo para entender nuestras necesidades corporativas y resolverlas.”
“Nos asesoraron en la viabilidad de tokenizar activos inmobiliarios en Uruguay con un trato cordial y directo. Un equipo profesional, inmediato y siempre disponible.”
“Grandes profesionales en la estructuración de proyectos tokenizados, con un dominio técnico y una atención al detalle que dan plena confianza en cada fase del trabajo.”
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¿Qué incluye nuestra plataforma white label de tokenización en Uruguay?
El portal del inversor, los tokens ERC-3643 y la consola del emisor, con tu marca. De serie resuelve el alta, la firma, el pago y los repartos; lo que tu emisión necesite además, como un medio de pago local o la conexión con tu banco o tu custodio, lo desarrollamos sobre la misma plataforma.
Solicita una demo
- Tu marca y tu dominioTu identidad visual y tus avisos legales en el portal del inversor.
- Alta del inversorRegistro, KYC con cédula de identidad, KYB, antilavado y wallet custodiada.
- Inversión de principio a finFirma electrónica y transferencia bancaria en dólares o stablecoin (USDT/USDC).
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- Consola del emisorProyectos, inversores, conciliación en dólares, cupones y reporting.
- Compliance y trazabilidadLegajo KYC y antilavado por inversor y registro de auditoría exportable.
Custodia institucional integrada
Integramos por API proveedores de custodia y gestión de claves como Fireblocks, BitGo, Coinbase Prime, Anchorage Digital, Copper o Ledger Enterprise. Según el proveedor y el modelo elegido, las claves se gestionan con MPC o multifirma para que ninguna dependa de un único dispositivo. Si el token es un valor, la custodia por cuenta de terceros la presta una entidad autorizada.
Preguntas frecuentes sobre tokenización en Uruguay
Lo que nos preguntan antes de empezar un proyecto.
Habla con nuestro equipo¿Es legal tokenizar activos en Uruguay?
Sí. La Ley 18.627 reconoce desde 2024 los valores escriturales de registro descentralizado, emitidos y transferidos en DLT, siempre que cumplan la ley y la regulación del BCU. Lo que exige autorización es la actividad: ofrecer valores al público requiere inscribirlos en el Registro del Mercado de Valores, y prestar servicios habituales con activos virtuales, la licencia PSAV.
¿Se puede tokenizar una S.R.L. en Uruguay?
Sus cuotas no: la Ley 16.060 impide representarlas en títulos negociables, limita la sociedad a cincuenta socios y exige para ceder cuotas a terceros el acuerdo del 75% del capital, o la unanimidad si hay cinco socios o menos. Una S.R.L. sí puede emitir obligaciones negociables tokenizadas o transformarse en S.A. para tokenizar acciones.
¿Qué empresas pueden emitir en una plataforma de financiamiento colectivo en Uruguay?
Empresas residentes y no residentes con ventas anuales de hasta 75 millones de unidades indexadas, sin emisiones vigentes en el régimen general o simplificado. Pueden emitir capital, deuda o títulos mixtos, y los fideicomisos financieros también acceden si su patrimonio inicial no supera ese importe. La plataforma es la entidad registrante, así que el token debe conciliar con su registro.
¿Hace falta una licencia PSAV para tokenizar un activo?
No para emitir un valor: la Circular 2507 deja fuera de la licencia las actividades con instrumentos sujetos a regulación especial, y los valores siguen la Ley 18.627. Sí la necesita quien preste de forma habitual intercambio, transferencia o custodia de activos virtuales, también mediante smart contracts. El permiso PSAV tampoco cubre emitir activos virtuales estables.
Activos que tokenizamos en Uruguay.
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