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Regulación de criptoactivos y tokenización en Colombia

Panorama regulatorio

Ámbito
Colombia
Autoridades
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Último cambio regulatorio

Colombia exige obligaciones preventivas y tributarias a determinados proveedores de activos virtuales, pero estas no equivalen a una licencia financiera. El piloto bancario terminó en 2024 y el proyecto 510/2025 aparece archivado en la Cámara. Una plataforma debe analizar sus servicios y los derechos de cada token, distinguiendo las actividades reservadas del intercambio de activos y las obligaciones de información aplicables desde 2026.

Desglose del índice y fuentes

Puntuación
Puntuación por dimensión
Claridad del marcoPeso: 25 %Nivel: 2/4
Acceso operativoPeso: 25 %Nivel: Pendiente
TokenizaciónPeso: 20 %Nivel: 2/4
Amplitud de serviciosPeso: 20 %Nivel: 2/4
Alcance internacionalPeso: 10 %Nivel: 1/4

La evidencia pendiente impide publicar nota y posición. No equivale a una valoración desfavorable.

Motivo

El piloto bancario SFC terminó el 13 de junio de 2024 y el proyecto 510/2025 está archivado. La UIAF y la DIAN imponen reportes, incluido CARF, sin otorgar licencia financiera. La Ley 964/2005 permite analizar instrumentos bajo el régimen general de valores; falta acreditar una vía ordinaria comparable de acceso PSAV.

Límites

El piloto cerrado no acredita acceso actual. Los reportes preventivos y tributarios no son licencia; la anotación en un depósito centralizado no reconoce automáticamente cualquier título DLT.

Fuentes

Puntos clave

  • El piloto bancario concluyó el 13 de junio de 2024; no acredita una licencia general.
  • El proyecto 510/2025 está archivado y no puede presentarse como ley vigente.
  • Los reportes UIAF y DIAN tienen sujetos, finalidades y calendarios diferentes.
  • La anotación en un depósito centralizado de valores no equivale a cualquier registro blockchain.

Desarrollo blockchain en Colombia

Hitos regulatorios

  1. Resolución UIAF 314/2021

    La UIAF impone reportes a quienes presten servicios de activos virtuales para terceros; la resolución se publicó en el Diario Oficial el 24 de diciembre de 2021.

  2. Reportes UIAF obligatorios

    La Resolución 84/2022 traslada a esta fecha el inicio obligatorio de los reportes.

  3. Finaliza el piloto bancario con plataformas

    La SFC identifica esta fecha de cierre en su balance publicado el 27 de junio; la prueba no constituía licencia general.

  4. Información exógena de proveedores

    La Resolución DIAN 000233/2025 exige reportar desde 2026 las conversiones entre pesos y activos digitales.

  5. Resolución DIAN 000240/2025 (CARF)

    Incorpora el CARF para los años gravables 2026 y siguientes; primer reporte en mayo de 2027.

  6. Nueva Circular Básica Jurídica de Supersociedades

    Incluye a los proveedores de servicios de activos virtuales que superen sus umbrales en el sistema de autocontrol del riesgo de lavado.

Preguntas frecuentes

La Cámara lo identifica como archivado. Sus propuestas no deben presentarse como requisitos de una ley vigente.

La prueba bancaria tenía un alcance delimitado. La participación no acredita autorización general de la plataforma ni garantía pública de los criptoactivos.

No. El reporte preventivo y el régimen de oferta o captación son obligaciones distintas. Hay que justificar cada actividad.

No se presume esa equivalencia. Debe identificarse el sistema registral que produce efectos bajo la ley y cómo se conecta con el token.

No. La información tributaria y los reportes preventivos tienen sujetos, supuestos y calendarios propios que deben coordinarse.

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