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Tokenización de activos en México
Construimos la plataforma para tokenizar obligaciones, acciones y derechos sobre ingresos en México: alta del inversionista, tokens ERC-3643 y el sistema de información que la LGTOC exige al título electrónico, coordinados con el despacho que estructura la oferta conforme a la Ley del Mercado de Valores o la Ley Fintech.
Tokeniza tu activoConfían en Metlabs para tokenizar sus activos
¿Por qué tokenizar activos en México?
México no tiene un régimen propio de valores en DLT, pero desde la reforma de 2024 la LGTOC reconoce los títulos de crédito emitidos con cualquier tecnología si el sistema conserva su integridad y su circulación es trazable. Con la oferta privada de la Ley del Mercado de Valores y el financiamiento colectivo de la Ley Fintech, hay vías definidas para deuda, capital y regalías.
1,67 M UDI
límite por operación de capital, copropiedad o regalías en una institución de financiamiento colectivo
CNBV · 2026100
personas: una oferta privada de acciones sin inscripción en el RNV debe dirigirse a menos de esa cifra
LMV · art. 82024
año en que la LGTOC reconoció los títulos de crédito emitidos por medios electrónicos o cualquier otra tecnología
LGTOC · DOF 26 mar 2024Deuda, equity y rentas: qué se tokeniza en México
Casi toda emisión tokenizada representa uno de estos tres derechos frente al emisor. El derecho decide la sociedad que emite, la ley que rige el título y dónde consta el titular, y se fija antes que la red o el estándar del token.
| Derecho | Deuda | Equity | Rentas |
|---|---|---|---|
| Qué se emite | Obligaciones y pagarés | Acciones de S.A. o S.A.P.I. | Copropiedad o regalías |
| El inversionista recibe | El inversionista presta al emisor y cobra intereses y, al vencimiento, el principal. | El inversionista entra en el capital: dividendos, voto y su parte en una venta o liquidación. | El inversionista cobra una parte de los ingresos de un proyecto o un bien: rentas, ventas, regalías o energía vendida. |
| El token aplica |
|
|
|
| Emisor | S.A.; pagarés, cualquier sociedad | S.A. de C.V. o S.A.P.I. | Solicitante en una IFC o fiduciaria |
| Registro | Sistema de información | Libro de registro de acciones | IFC o institución fiduciaria |
| Norma | LGTOC, arts. 5 y 208 | LGSM, arts. 111 y 129; LMV | Ley Fintech; LGTOC, art. 228 a |
| Cómo se emite | La obligación de una sociedad anónima puede emitirse como título electrónico si el sistema que la registra mantiene su integridad y su endoso es trazable. El acta de emisión se otorga ante notario, se nombra un representante común y el importe no puede superar el activo neto del emisor. | Las partes sociales de una S. de R.L. no pueden representarse en títulos negociables y su cesión exige el consentimiento de la mayoría del capital. La sociedad anónima reconoce como accionista a quien figura en su libro de registro, que el token debe reflejar, y la S.A.P.I. admite restricciones de transmisión en sus estatutos. | La Ley Fintech prevé el financiamiento colectivo de copropiedad o regalías, con asociaciones en participación u otros convenios sobre los ingresos de un proyecto, a través de una IFC autorizada por la CNBV. Los certificados de participación sobre bienes en fideicomiso solo puede emitirlos una institución de crédito fiduciaria. |
¿Qué regulación aplica a la tokenización en México?
Depende del derecho del token y de cómo se ofrece. Si documenta un valor, aplica la Ley del Mercado de Valores: la oferta pública exige inscripción en el Registro Nacional de Valores, y la privada se limita a inversionistas institucionales o calificados, a menos de cien personas u otros supuestos tasados. El título en sí se rige por la LGTOC.
Para la custodia y los pagos importa otra frontera. La Ley Fintech llama activo virtual a la representación de valor que el público usa como medio de pago, y la Circular 4/2019 de Banxico impide a bancos e ITF ofrecer a sus clientes intercambio, transmisión o custodia de esos activos. Quien intercambie o custodie activos virtuales sin ser entidad financiera entra en el régimen antilavado como actividad vulnerable, cuyas nuevas reglas entran en vigor con carácter general el 30 de noviembre de 2026.
Para llegar al inversionista hay tres vías: la inscripción en el RNV, incluida la inscripción simplificada de 2023 para ofertas exclusivas a inversionistas institucionales o calificados; la oferta privada del artículo 8; o una institución de financiamiento colectivo, cuyos títulos no pueden estar inscritos en el RNV. Trabajamos la estructura con despachos especializados, y las entidades autorizadas prestan los servicios regulados.
México
- Autoridades
- CNBV, Banco de México, SHCP/UIF y SAT
- Último cambio regulatorio
- ago 2026
Autorizaciones clave
- Alta y registro antilavado de proveedores comprendidos
- Autorización CNBV para actividades financieras reservadas
- Autorización Banxico para operaciones internas comprendidas
Nuestros partners legales
Cómo tokenizamos un activo en México, paso a paso
Las cuatro fases del pilar, con las figuras que intervienen en México. El despacho y nuestro equipo técnico trabajan en paralelo desde el análisis del activo hasta la captación.
Revisamos la titularidad, las cargas y los flujos del activo y decidimos con el emisor si el token será una obligación, una acción o un derecho sobre ingresos. De ahí sale el vehículo: una S.A. de C.V., una S.A.P.I. o un fideicomiso con institución fiduciaria.

El despacho califica el token, redacta el acta de emisión o los estatutos y elige la vía: oferta privada, inscripción en el RNV con un intermediario colocador o una IFC. Si hay obligaciones, se designa al representante común de los tenedores.

Configuramos la plataforma white label con tu marca: alta del inversionista con KYC, firma, pago y tokens ERC-3643 con las reglas de la oferta. El registro on-chain se diseña como el sistema de información del título, con endosos trazables; la conexión con el libro de acciones se desarrolla a medida.

Con el emisor y, si interviene, la IFC o el intermediario, preparamos la página de la oferta y medimos el recorrido hasta la suscripción pagada. Tras la emisión, la plataforma gestiona repartos, transmisiones entre inversionistas verificados con su inscripción en el libro de la sociedad e informes.





¿Qué opinan de Metlabs nuestros clientes?
“Estructuramos con ellos la tokenización de proyectos inmobiliarios y destaco la capacidad del equipo para entender nuestras necesidades corporativas y resolverlas.”
“Nos asesoraron en la viabilidad de tokenizar activos inmobiliarios en Uruguay con un trato cordial y directo. Un equipo profesional, inmediato y siempre disponible.”
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“Como abogada de blockchain, valoro su experiencia y profesionalismo en la consultoría y ejecución de proyectos de tokenización. Aliados tecnológicos de plena confianza.”
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¿Qué incluye nuestra plataforma white label de tokenización en México?
El portal del inversionista, los tokens ERC-3643 y la consola del emisor, con tu marca. De serie resuelve el alta, la firma, el pago y los repartos; lo que tu emisión necesite además, como un medio de pago local o la conexión con tu banco o tu custodio, lo desarrollamos sobre la misma plataforma.
Solicita una demo
- Tu marca y tu dominioTu identidad visual y tus avisos legales en el portal del inversionista.
- Alta del inversionistaRegistro, KYC con identificación oficial, KYB, controles PLD y wallet custodiada.
- Inversión de principio a finFirma electrónica y cobro en pesos por SPEI o con stablecoin (USDT/USDC).
- Tokens ERC-3643Cada suscripción se emite con las reglas de la oferta privada de la LMV.
- Consola del emisorProyectos, inversionistas, conciliación en pesos, repartos y reporting.
- Compliance y trazabilidadExpediente KYC y PLD por inversionista y registro de auditoría exportable.
Custodia institucional integrada
Integramos por API proveedores de custodia y gestión de claves como Fireblocks, BitGo, Coinbase Prime, Anchorage Digital, Copper o Ledger Enterprise. Según el proveedor y el modelo elegido, las claves se gestionan con MPC o multifirma para que ninguna dependa de un único dispositivo. Si el token es un valor, la custodia por cuenta de terceros la presta una entidad autorizada.
Preguntas frecuentes sobre tokenización en México
Lo que nos preguntan antes de empezar un proyecto.
Habla con nuestro equipo¿Es legal tokenizar activos en México?
Sí, si el token documenta un derecho que la ley reconoce: la LGTOC admite títulos de crédito emitidos con cualquier tecnología cuando cumplen sus requisitos de integridad y firma. Lo que exige autorización es la actividad: la oferta pública necesita inscripción en el RNV, la intermediación de valores inscritos una entidad autorizada y el financiamiento colectivo una IFC.
¿Se puede tokenizar una S. de R.L.?
Sus partes sociales no pueden ser el token: la LGSM prohíbe representarlas en títulos negociables y su cesión requiere el consentimiento de los socios que representen la mayoría del capital. Para tokenizar su capital, puede transformarse antes en S.A. de C.V. o S.A.P.I. Para deuda, la LGTOC regula las obligaciones como emisión de sociedades anónimas; los pagarés no tienen esa limitación.
¿Cuánto se puede captar en una plataforma de financiamiento colectivo en México?
En capital, copropiedad o regalías, hasta 1.670.000 UDI por operación en cada IFC, ampliable a 6.700.000 UDI con autorización de la CNBV, y un máximo de 7.370.000 UDI por solicitante en todas las IFC. Fuera de una IFC, la oferta privada de la Ley del Mercado de Valores no tiene tope de importe, pero sí de destinatarios.
¿El token da la propiedad del inmueble?
No por sí mismo. El token representa un derecho frente al emisor: una obligación, una acción de la sociedad propietaria o una participación en sus rentas. La figura más cercana a la copropiedad es el certificado de participación de la LGTOC, que da una parte alícuota de bienes en fideicomiso irrevocable y solo emite una institución de crédito fiduciaria.
Activos que tokenizamos en México.
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