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Regulación de activos digitales y tokenización en San Marino

Panorama regulatorio

Ámbito
San Marino
Autoridades
Índice regulatorio
Último cambio regulatorio

San Marino regula los operadores DLT mediante el Decreto 138/2024 y normas de BCSM y San Marino Innovation. Distingue criptoactivos de tipo A y otros tokens de tipo B, con competencias y autorizaciones diferentes. El registro DLT no sustituye la habilitación financiera ni convierte la tokenización en propiedad del activo. Las reglas supervisoras de 2026 y el acceso transfronterizo requieren atención específica.

Desglose del índice y fuentes

Puntuación
Puntuación por dimensión
Claridad del marcoPeso: 25 %Nivel: 3/4
Acceso operativoPeso: 25 %Nivel: 3/4
TokenizaciónPeso: 20 %Nivel: 3/4
Amplitud de serviciosPeso: 20 %Nivel: 2/4
Alcance internacionalPeso: 10 %Nivel: 1/4
Motivo

San Marino Innovation publica decretos y reglamento de operadores DLT, con procedimientos de emisión y representación digital. Existe vía específica; servicios financieros y activos monetarios no se confunden con simple registro tecnológico.

Límites

Registro DLT no habilita cualquier servicio financiero. No se acredita pasaporte europeo.

Puntos clave

  • El Decreto 138/2024 sustituye el marco inicial de 2019.
  • BCSM supervisa tipo A y operadores mixtos; el Instituto, actividad exclusivamente tipo B.
  • La autorización de constitución no basta para iniciar servicios financieros.
  • La adaptación a normas europeas no acredita pasaporte de servicios.

Desarrollo blockchain en San Marino

Hitos regulatorios

  1. Decreto Delegado 138

    Texto definitivo del régimen DLT tras ratificación con modificaciones.

  2. Eficacia del nuevo marco

    Fecha anunciada por BCSM y San Marino Innovation para el desarrollo aplicable.

  3. Reglamento BCSM actualizado

    Versión consolidada II del Reglamento 2024-03.

Preguntas frecuentes

No. El decreto coordina la inscripción con los procedimientos de la autoridad competente. Para las actividades financieras sujetas deben obtenerse los permisos correspondientes.

La etiqueta comercial no determina el régimen. Deben analizarse derechos y funciones; las categorías financieras y sus servicios pueden quedar bajo BCSM.

El artículo 3 del Decreto 138/2024 atribuye la competencia a BCSM cuando se prestan conjuntamente servicios de ambos tipos. Decreto 138/2024.

El reglamento BCSM distingue autorización de constitución y habilitación para el inicio de la operatividad. Deben completarse los requisitos del segundo paso antes de comenzar los servicios sujetos. BCSM · Reglamento 2024-03 actualizado.

Cuatro: emisores y prestadores de servicios, diferenciados a su vez entre criptoactivos y los demás tokens. La inscripción depende de la actividad y se coordina con las autorizaciones correspondientes. Registro DLT · Reglamento 001/2024.

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