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Regulación de activos digitales y tokenización en Marruecos

Panorama regulatorio

Ámbito
Marruecos
Autoridades
Índice regulatorio
Último cambio regulatorio

Marruecos prepara un régimen de activos digitales mediante el proyecto 42.25, pero no se ha confirmado su promulgación ni una vía de licencia operativa. La propuesta distingue servicios, emisión y negociación, con competencias de AMMC y Bank Al-Maghrib. Los controles cambiarios y las advertencias oficiales siguen siendo determinantes para estructurar operaciones. Un proyecto legislativo no acredita autorización, y su exclusión de ciertos activos no supone libertad de actividad.

Desglose del índice y fuentes

Puntuación
Puntuación por dimensión
Claridad del marcoPeso: 25 %Nivel: 2/4
Acceso operativoPeso: 25 %Nivel: 1/4
TokenizaciónPeso: 20 %Nivel: Pendiente
Amplitud de serviciosPeso: 20 %Nivel: 1/4
Alcance internacionalPeso: 10 %Nivel: 0/4

La evidencia pendiente impide publicar nota y posición. No equivale a una valoración desfavorable.

Motivo

Office des Changes mantiene advertencias sobre monedas virtuales. Hay referencias a reforma, pero no se acredita en el expediente un régimen consolidado y operativo para el caso base privado.

Límites

Pendiente de vigencia y alcance actual. No se usa la fecha de navegación del sitio como fecha de norma.

Puntos clave

  • El proyecto 42.25 no equivale a una ley promulgada ni a una licencia disponible.
  • AMMC y Bank Al-Maghrib tendrían competencias diferentes según actividad.
  • La exclusión propuesta de DeFi, NFT únicos y valores no concede una exención general.
  • La normativa cambiaria requiere análisis independiente del token y del proveedor.

Desarrollo blockchain en Marruecos

Hitos regulatorios

  1. Reforma de inteligencia financiera

    La Ley 12-18 renombra la UTRF como ANRF y redefine sus funciones.

  2. Propuesta de régimen de activos digitales

    La nota de presentación del proyecto 42.25 está fechada el 5 de agosto; no acredita promulgación.

  3. Aplicación de IGOC 2026

    La nueva instrucción cambiaria se aplica desde el 1 de enero, sin equivaler a licencia de activos digitales.

Preguntas frecuentes

No se ha confirmado su promulgación ni un procedimiento de licencia operativo. El borrador y las prioridades de AMMC describen el marco propuesto; deben comprobarse publicación oficial, vigencia y desarrollo antes de prestar servicios.

No. El artículo 4 los excluye del ámbito propuesto en determinadas condiciones, pero no deroga las normas de valores, propiedad, contratación, pagos o control cambiario aplicables al proyecto.

No. El proyecto 42.25 propone una transición, pero ese plazo no puede tratarse como iniciado sin acreditar la entrada en vigor del texto definitivo.

No debe asumirse. La IGOC 2026 regula operaciones cambiarias y debe analizarse junto con el modelo de financiación, la residencia y los pagos del proyecto.

No. El informe anual 2021 de AMMC describe la reforma de la Ley 12-18 que sustituyó la denominación UTRF por ANRF. Su existencia no acredita la aprobación del proyecto 42.25.

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