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Nueva York exige identificar la actividad sobre monedas virtuales y su conexión con el estado antes de determinar el permiso. BitLicense y la autorización de una entidad constituida bajo la legislación bancaria son vías distintas; ninguna sustituye todas las obligaciones federales. El acceso está acreditado en el registro de NYDFS, con condiciones específicas de custodia, incorporación de activos y emisión de stablecoins.
En Nueva York, una empresa que pretende custodiar, intercambiar o transmitir activos digitales debe empezar por la actividad que realizará para los clientes del estado. BitLicense y la carta de una sociedad fiduciaria son vías distintas; ninguna se obtiene por constituir una sociedad ni se extiende automáticamente a todos los productos.
La autorización de la entidad es solo una parte del proyecto. También hay que determinar qué activos puede ofrecer, cómo se mantienen los derechos del cliente y qué cambios requieren aprobación. Esta guía conecta esas decisiones con valores y obligaciones federales.
Qué diferencia hay entre autorizar la entidad y habilitar el servicio
23 NYCRR Part 200, aplicable desde el 24 de junio de 2015, regula determinadas actividades empresariales sobre monedas virtuales vinculadas a Nueva York o sus residentes. El NYDFS identifica transmisión, custodia o control por cuenta ajena, compraventa como negocio con clientes, intercambio y control, administración o emisión. La conexión territorial puede alcanzar a una empresa establecida fuera del estado; constituirse en otra jurisdicción no elimina ese análisis.
La regulación contempla excepciones. Según las aclaraciones del supervisor, invertir exclusivamente por cuenta propia como consumidor o aceptar monedas virtuales para comprar o vender bienes y servicios no exige BitLicense. Tampoco la exige por sí solo desarrollar y distribuir software como servicio puramente técnico. Mantener las claves o el control de fondos de clientes puede convertir el modelo en una actividad sujeta a licencia.
Qué autoridad supervisa cada actividad
El New York State Department of Financial Services, NYDFS, concede BitLicense, supervisa entidades bajo legislación bancaria y publica el registro de entidades autorizadas. Una limited purpose trust company es una entidad fiduciaria con carta bancaria limitada, distinta del titular de BitLicense. Para operar con monedas virtuales mediante esa vía necesita aprobación del superintendente; la constitución societaria ordinaria no produce ese efecto.
La Office of the Attorney General administra requisitos estatales sobre emisores e intermediarios de valores conforme a General Business Law y sus disposiciones de desarrollo. Las competencias federales de valores, derivados y prevención del blanqueo siguen siendo relevantes. La inscripción ante Financial Crimes Enforcement Network, FinCEN, no determina ni sustituye la obligación de obtener BitLicense.

Qué habilitación necesita el modelo de negocio
La solicitud de BitLicense se presenta mediante Nationwide Multistate Licensing System, NMLS. NYDFS inicia el examen sustantivo cuando el expediente está completo y adaptado al negocio. El capital se determina atendiendo al modelo y al riesgo; no se publica aquí un importe universal ni un plazo garantizado de concesión. El registro acredita entidades autorizadas, sin convertir todos sus productos o servicios en actividades aprobadas.
Una entidad con BitLicense que también transmita moneda fiduciaria puede necesitar licencia bajo New York Banking Law, artículo 13-B. NYDFS distingue la situación de las limited purpose trust companies, que pueden ejercer facultades fiduciarias y transmitir fondos en Nueva York sin esa licencia adicional. Ambas vías requieren analizar las actividades efectivamente permitidas; ninguna concede acceso automático a todos los estados estadounidenses.
La guía definitiva de noviembre de 2023 distingue autorización individual, autocertificación bajo política previamente aprobada y Greenlist. Incluso para un activo incluido en la Greenlist, debe notificarse a NYDFS al menos diez días antes de ofrecerlo en Nueva York. La política de retirada de activos es independiente y debe adaptarse al negocio. El supervisor conserva la capacidad de limitar un activo o exigir su retirada.
Cómo se documentan los derechos del titular
BitLicense no convierte un token en valor autorizado ni acredita la propiedad del activo representado. La declaración del personal de la SEC de enero de 2026, sin fuerza normativa propia, distingue tokenización por el emisor, derechos intermediados y exposiciones sintéticas. Para estructurar una emisión hay que identificar al obligado frente al titular, el registro jurídicamente relevante y las condiciones de transmisión o reembolso.
En el ámbito estatal, la Attorney General diferencia registros de determinados emisores y comunicaciones relativas a valores cubiertos por legislación federal. Por ejemplo, su guía prevé presentación de Form D para ofertas bajo Rule 506. La disponibilidad de una exención federal no permite presumir que desaparecen todos los trámites estatales. La ficha de Estados Unidos desarrolla el marco federal común; aquí se precisa su coexistencia con Nueva York.
Para stablecoins respaldadas por dólares emitidas bajo su supervisión, la guía NYDFS de 2022 exige aprobación del producto, reservas segregadas y respaldo suficiente al cierre de cada día hábil. El derecho de reembolso a la par está sujeto a políticas aprobadas y condiciones legales de identificación. Los exámenes mensuales de reservas por un contable independiente no equivalen a una auditoría mensual de todos los estados financieros del emisor.

Qué obligaciones continúan durante la actividad
La guía de custodia de 30 de septiembre de 2025 sustituye a la de enero de 2023. NYDFS espera segregación respecto del patrimonio del custodio y sus vinculadas, tanto en blockchain como en la contabilidad interna. Una cuenta ómnibus requiere trazabilidad individual de los intereses de cada cliente y conciliación. La relación debe preservar esos intereses como custodia, sin transformarlos en financiación propia del custodio.
Una nueva estructura de subcustodia constituye un cambio material sujeto a aprobación previa. La guía exige evaluar contratos, riesgos y controles; las cuentas deben identificarse en beneficio de clientes. El subcustodio debe estar autorizado por NYDFS o sometido a un régimen que este considere sustancialmente equivalente. No se presupone equivalencia por disponer de una licencia extranjera. La información al cliente debe explicar custodia, uso de terceros y riesgos relevantes.
Part 200 incorpora prevención del blanqueo, responsable de cumplimiento, registros, información financiera, ciberseguridad y continuidad operativa. Estas obligaciones se añaden al permiso de acceso; no son licencias independientes. Los cambios materiales de producto y control requieren su propio análisis y, cuando corresponda, aprobación previa. La arquitectura técnica debe permitir cumplir las condiciones documentadas para la actividad concreta.
Qué preparar antes de poner en marcha el proyecto
Conviene preparar un mapa de servicios, activos y clientes junto con los poderes de cada entidad sobre las claves. En custodia deben documentarse segregación, conciliación, instrucciones de clientes y condiciones de subcustodia. Si un tercero conserva activos, el expediente debe incluir sus contratos, controles y el fundamento de su supervisión.
Antes de lanzar un activo o modificar la estructura, hay que comprobar el permiso de la entidad, las políticas aprobadas y las notificaciones o aprobaciones correspondientes. La inscripción de una empresa del grupo no acredita el alcance de la contraparte contractual elegida.
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Puntos clave
- El mero desarrollo de software y la prestación de custodia no tienen el mismo tratamiento.
- BitLicense no sustituye la licencia para transmitir dólares ni los requisitos sobre valores.
- La Greenlist permite una vía de incorporación con aviso previo; no avala la inversión.
- La guía de 2025 exige aprobación previa de nuevas estructuras de subcustodia y preservación del interés del cliente.
Hitos regulatorios
Guía definitiva de listado y retirada de monedas
NYDFS sustituye el marco de 2020 y concreta políticas de incorporación, seguimiento y retirada; no es la consulta de septiembre.
Actualización de custodia y subcustodia
La nueva guía sustituye con efecto inmediato a la de enero de 2023 y precisa aprobación, segregación y contratos con subcustodios.
Preguntas frecuentes
Las FAQ de NYDFS distinguen el uso propio como consumidor de prestar servicios a terceros. La conclusión cambia si la empresa añade custodia, intercambio u otra actividad comprendida para clientes.
La guía de custodia exige trazabilidad y conciliación que permitan conocer el interés de cada cliente. Agrupar wallets no permite perder esa identificación interna.
La guía de 2025 trata una nueva estructura de subcustodia como cambio material sujeto a aprobación previa. Deben prepararse evaluación de riesgos, contratos y procedimientos actualizados.
NYDFS conserva la decisión sobre equivalencia sustancial del régimen de custodia. El proveedor debe acreditar la supervisión y condiciones de la entidad elegida, no solo mostrar su licencia.
La guía de listado conserva notificación y potestades del supervisor. El activo debe encajar en la vía utilizada y en los servicios y políticas de la entidad.





