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Cuál es la regulación blockchain existente y activos digitales para tokenización en Andorra en 2025?

Regulación blockchain en Andorra: Guía esencial 2026

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La adopción de la tecnología blockchain y la tokenización de activos avanza a un ritmo acelerado, pero el verdadero motor que impulsa su desarrollo global es la existencia de un marco legal claro, coherente y favorable a la innovación.

Algunos países ya se han consolidado como referentes en materia regulatoria, estableciendo normas específicas para criptoactivos, infraestructuras DLT y emisión de tokens con respaldo jurídico. En este artículo te mostramos la información relevante sobre la regulación blockchain en Andorra, que puedes usar como guía si buscas operar internacionalmente o evaluar distintas localizaciones estratégicas.

Descubre la regulación blockchain en Andorra (Ley 24/2022 Activos Digitales, Veedor Digital, Autoridad Financiera Andorrana, AFA, UIFAND)

Legislación vigente sobre blockchain y activos virtuales en Andorra

Ley 24/2022 de Activos Digitales

Regula de forma integral la emisión, custodia, intercambio y supervisión de activos digitales y criptomonedas en Andorra. Esta norma define la taxonomía de los activos digitales, establece los requisitos para la obtención de licencias, procedimientos de publicidad y categorización de tokens, y refuerza la protección al inversor y la transparencia en el uso de tecnologías DLT y blockchain.

Decreto 478/2022, Reglamento de desarrollo de los requisitos para ejercer como veedor digital

Desarrolla la figura del veedor digital, estableciendo sus funciones, requisitos de idoneidad y obligaciones de vigilancia sobre emisores, custodios y plataformas de activos digitales. El veedor digital puede ser tanto persona física como jurídica. En caso de persona física, debe ser abogado o economista colegiado en Andorra. En caso de persona jurídica, debe nombrar un representante persona física que cumpla dichos requisitos de colegiación. En ambos casos actúa como garante del cumplimiento normativo ante la AFA. Asimismo, el reglamento detalla el régimen disciplinario y sancionador.

Ley 14/2017 de Prevención y Lucha contra el Blanqueo de Capitales (modificada por la Ley 37/2021)

La ley base en materia AML/CFT es la Ley 14/2017, del 22 de junio, de prevención y lucha contra el blanqueo de dinero o valores y la financiación del terrorismo, modificada de forma relevante para los activos digitales por la Ley 37/2021, del 16 de diciembre. Esta modificación incorporó expresamente a los VASP como sujetos obligados: plataformas de intercambio, custodios, servicios de transferencia y emisores de activos virtuales. Los VASP deben aplicar procedimientos KYC, identificar a los beneficiarios finales y reportar operaciones sospechosas ante la UIFAND. La ley incorpora las directrices internacionales del GAFI y los compromisos derivados del Acuerdo Monetario de Andorra con la UE.

Regulación de la tokenización de activos en Andorra

La tokenización de activos en Andorra se encuentra regulada principalmente por la Ley 24/2022, que proporciona un marco legal avanzado y específico para la representación digital de activos financieros y no financieros mediante tecnologías de registro distribuido y blockchain.

La ley establece procedimientos claros para la emisión de tokens de utilidad, seguridad y stablecoins, así como para la custodia, el intercambio y la negociación en plataformas autorizadas. Los emisores y operadores deben obtener una licencia otorgada por la Autoridad Financiera Andorrana (AFA), cumplir requisitos de capital, seguros y designar un veedor digital registrado, responsable de la interlocución y supervisión normativa. La regulación contempla la posible creación de infraestructuras de mercado como la Andorra Digital Exchange, y regula la publicidad, gobernanza y transparencia de los proyectos tokenizados.

Para activos no financieros la tokenización se analiza caso por caso, además de las obligaciones de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo según la Ley 14/2017 modificada por la Ley 37/2021, bajo la supervisión de la UIFAND. Asimismo, Andorra dispone desde 2023 de un reglamento para entornos controlados de pruebas (sandbox), aunque no participa en el régimen piloto DLT europeo.

Organismos y autoridades reguladoras de activos digitales en Andorra

Autoridad Financiera Andorrana (AFA)

Supervisa los mercados financieros y es el organismo competente para autorizar y vigilar las actividades relacionadas con activos digitales en el país. Supervisa a los emisores de tokens, plataformas de negociación, custodios y entidades que ofrezcan servicios financieros vinculados a blockchain. Evalúa solicitudes de autorización y puede imponer sanciones.

Registro Veedor Digital

Figura obligatoria que actúa como representante autorizado ante la AFA para cada proyecto de activos digitales. Puede ser persona jurídica, abogado o economista colegiado en Andorra y cumplir requisitos de experiencia, solvencia y residencia fiscal. Sus funciones incluyen la interlocución entre la empresa y la AFA, la supervisión, consultoría legal y el reporte de incidencias.

Unidad de Inteligencia Financiera Andorra (UIFAND)

La UIFAND es la unidad de inteligencia financiera de Andorra y ejerce funciones de recepción, análisis y transmisión de información relevante en materia de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Supervisa el cumplimiento de las obligaciones AML/CFT por parte de los proveedores de servicios de activos digitales como sujetos obligados bajo la Ley 14/2017 (modificada por la Ley 37/2021). Los operadores deben implementar políticas KYC, monitorizar operaciones y reportar directamente a la UIFAND cualquier actividad sospechosa.

La autorización y el registro operativo de los VASP corresponde a la AFA; la UIFAND actúa como supervisor de cumplimiento AML e inteligencia financiera. Lanzar un negocio basado en activos digitales requiere algo más que tecnología: también es necesario cumplir con exigencias legales como licencias, registros y obligaciones regulatorias. Estas condiciones aseguran que el modelo de negocio sea viable y sostenible en el tiempo, y que cumpla con los estándares de transparencia y prevención del fraude. En este apartado exploramos qué licencias suelen exigirse y qué criterios de cumplimiento deben seguir las empresas blockchain que operan en Andorra.

Descubre la regulación blockchain en Andorra (Ley 24/2022 Activos Digitales, Veedor Digital, Autoridad Financiera Andorrana, AFA, UIFAND)

¿Qué licencias y requisitos se necesitan para operar con criptoactivos en Andorra?

Autorización según la Ley 24/2022

Cualquier persona jurídica que desee emitir, custodiar o comercializar activos digitales en Andorra debe obtener una autorización expresa de la AFA. Se exige analizar el modelo de negocio, los sistemas tecnológicos, la idoneidad y solvencia de los administradores, la capacidad financiera, el capital mínimo y la contratación de un seguro de responsabilidad civil. Además, es obligatorio designar un veedor digital registrat como representante autorizado ante la AFA.

Cumplimiento AML/CFT bajo la Ley 14/2017

Todos los operadores de activos digitales son sujetos obligados bajo la Ley 14/2017 (modificada por la Ley 37/2021) y deben cumplir con la normativa de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo supervisada por la UIFAND. Esto implica políticas de verificación de clientes (KYC), identificación de beneficiarios finales, gestión de riesgos, formación interna y reporte de operaciones sospechosas directamente a la UIFAND. El registro operativo y la autorización corresponden a la AFA; el incumplimiento de las obligaciones AML puede dar lugar a sanciones tanto de la AFA como de la UIFAND en sus respectivos ámbitos de competencia.

Requisitos técnicos y documentación legal

Los emisores de tokens deben presentar ante la AFA documentación detallada sobre el funcionamiento del activo digital, su vinculación jurídica con el subyacente, condiciones de emisión, seguridad de los sistemas tecnológicos, auditabilidad del registro distribuido y protección frente a fallos operativos. Todos estos requisitos son evaluados por la AFA antes de autorizar el proyecto, y el veedor digital supervisa el cumplimiento normativo.

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