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Cuál es la regulación Blockchain en Puerto Rico en 2025

Regulación blockchain en Puerto Rico: Guía esencial 2025

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La adopción de la tecnología blockchain y la tokenización de activos avanza a un ritmo acelerado, pero el verdadero motor que impulsa su desarrollo global es la existencia de un marco legal claro, coherente y favorable a la innovación.

Algunos países ya se han consolidado como referentes en materia regulatoria, estableciendo normas específicas para criptoactivos, infraestructuras DLT y emisión de tokens con respaldo jurídico. En este artículo te mostramos la información relevante sobre la regulación blockchain en Puerto Rico, que puedes usar como guía si buscas operar internacionalmente o evaluar distintas localizaciones estratégicas.

¿Cuál es la regulación existente en Puerto Rico?

Puerto Rico combina el cumplimiento de las normativas federales de EE. UU. con un marco fiscal y regulatorio propio. Los activos virtuales se regulan bajo el Bank Secrecy Act y la legislación estatal, mientras que la Ley 173-2019 impulsa la adopción institucional de blockchain. Paralelamente, la Ley 60-2019 ofrece incentivos fiscales atractivos para empresas cripto. Los VASP deben registrarse como MSB ante FinCEN y aplicar controles AML. En 2025, un nuevo marco regulatorio local en consulta busca consolidar a Puerto Rico como hub regional en activos virtuales y tokenización.

2019 – Aprobación de la Ley 173-2019 sobre blockchain en el sector público.
2019 – Entrada en vigor de la Ley 60-2019 (Código de Incentivos de Puerto Rico).
2021 – Refuerzo de las obligaciones AML para VASP bajo normativa federal.
2025 – Consulta pública para crear un marco regulatorio local para criptoactivos y tokenización.

Descubre la regulación blockchain en Puerto Rico (BSA, PRITS, OCIF, IRS, MSB, FinCEN)

Legislación vigente sobre blockchain y activos virtuales en Puerto Rico

Ley 173-2019 (Ley de la Oficina de Innovación e Información Gubernamental de Puerto Rico)

Esta ley faculta a la Oficina de Innovación e Información (PRITS) a promover el uso de tecnologías emergentes, incluyendo blockchain. Establece la base para la adopción de soluciones DLT en el gobierno y facilita el desarrollo de proyectos de innovación digital. Si bien no regula directamente los activos virtuales, fomenta un entorno favorable para su adopción institucional.

Ley 60-2019 (Código de Incentivos de Puerto Rico)

La Ley 60-2019 unifica los incentivos fiscales aplicables a empresas de base tecnológica, incluyendo proyectos de blockchain y criptoactivos. Ofrece beneficios fiscales significativos para individuos y corporaciones que establecen operaciones en Puerto Rico, lo que ha atraído a numerosos actores del ecosistema cripto internacional. No establece regulación prudencial específica sobre los activos, pero sí impacta su tratamiento fiscal.

Bank Secrecy Act (BSA) y regulaciones federales de EE. UU.

Como territorio de EE. UU., Puerto Rico está sujeto al Bank Secrecy Act y a las normas federales AML de FinCEN. Los VASPs en la isla deben registrarse como Money Services Business (MSB), implementar programas AML/KYC, y reportar a FinCEN. Además, en la práctica, deben cumplir con los marcos federales aplicables en EE. UU. para activos digitales considerados securities o commodities.

Propuesta de marco regulatorio local (consulta 2025)

En 2025, se encuentra en consulta pública un proyecto legislativo para crear un marco específico para criptoactivos en Puerto Rico. Este contempla la regulación local de exchanges, emisores y custodios, y busca definir la relación entre el marco fiscal local y las regulaciones federales vigentes. La propuesta también incluiría directrices para stablecoins y tokenización de activos reales.

La tokenización permite representar digitalmente activos del mundo real a través de blockchain, pero para que tenga valor jurídico, es esencial que exista un marco normativo que reconozca esta operación. Puerto Rico adopta su propio enfoque, estableciendo normas específicas para la emisión, custodia o negociación de tokens. En este bloque explicamos cómo se regula la tokenización de activos desde un punto de vista legal, tomando como ejemplo una jurisdicción avanzada como Puerto Rico.

Regulación de la tokenización de activos en Puerto Rico

El desarrollo de la tokenización de activos en Puerto Rico se enmarca en la combinación de regulaciones federales de Estados Unidos y normas fiscales y económicas propias del territorio. Los security tokens emitidos en Puerto Rico deben cumplir con el Securities Act federal, incluyendo requisitos de registro y compliance si califican como valores. La emisión y custodia de estos tokens también están sujetas a las directrices de la SEC y la FinCEN.

En el ámbito fiscal, la Ley 60-2019 ha hecho de Puerto Rico un destino atractivo para proyectos de tokenización, permitiendo a las empresas establecer operaciones con ventajas fiscales significativas. Para la tokenización de activos no financieros, como bienes inmuebles, arte o commodities, se aplica el derecho privado de Puerto Rico, basado en el Código Civil local y en la jurisprudencia federal. Los registros en blockchain son válidos como medio probatorio, e iniciativas como la consulta pública de 2025 buscan establecer un marco regulatorio local para exchanges y proyectos de tokenización, en coordinación con los marcos federales.

Puerto Rico se perfila como una jurisdicción híbrida: con ventajas fiscales competitivas y acceso a los mercados financieros de EE. UU., pero con capacidad de generar normativa local más flexible para atraer proyectos blockchain.

Organismos y autoridades reguladoras de activos digitales en Puerto Rico

Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF)

La OCIF es la autoridad encargada de regular las entidades financieras en Puerto Rico. Supervisa a los MSB que operan en la isla, incluyendo exchanges y custodios de activos virtuales. Además, establece criterios de supervisión prudencial para entidades locales con actividades en criptoactivos y coordina con FinCEN en la aplicación de las normas AML/CFT.

Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS)

PRITS lidera las iniciativas gubernamentales para la adopción de tecnologías emergentes, incluyendo blockchain. Supervisa los proyectos institucionales de digitalización y colabora con OCIF y el Departamento de Desarrollo Económico para fomentar la innovación en la industria cripto. Aunque no otorga licencias, su papel es clave en el desarrollo del marco tecnológico de la isla.

Financial Crimes Enforcement Network (FinCEN)

Como territorio de EE. UU., Puerto Rico está sujeto a la normativa federal. FinCEN exige que los proveedores de servicios de activos virtuales (VASPs) se registren como Money Services Business (MSB), implementen controles AML/KYC, y reporten actividades sospechosas. FinCEN colabora con la OCIF para garantizar la aplicación efectiva de estas obligaciones en la isla.

Internal Revenue Service (IRS)

El IRS supervisa la fiscalidad de criptoactivos en Puerto Rico. Aunque la Ley 60-2019 ofrece incentivos fiscales específicos para residentes e instituciones establecidas en la isla, las transacciones con criptoactivos deben cumplir con las obligaciones federales del IRS. La coordinación con el SAT puertorriqueño es clave para clarificar la tributación de ingresos.

Crypto Task Forces (IRS-CI, US Attorney PR, FinCEN)

Puerto Rico cuenta con task forces conjuntas lideradas por la unidad de crímenes cibernéticos del IRS (IRS-CI Caribbean) y la Fiscalía Federal en San Juan (US Attorney PR). Estas unidades investigan casos de lavado de dinero, fraude fiscal y delitos financieros relacionados con criptoactivos. Su actividad se ha intensificado ante el creciente uso de stablecoins y tokens no regulados.

Lanzar un negocio basado en activos digitales requiere algo más que tecnología: también es necesario cumplir con exigencias legales como licencias, registros y obligaciones regulatorias. Estas condiciones aseguran que el modelo de negocio sea viable y sostenible en el tiempo, y que cumpla con los estándares de transparencia y prevención del fraude. En este apartado exploramos qué licencias suelen exigirse y qué criterios de cumplimiento deben seguir las empresas blockchain que operan en Puerto Rico.

Descubre la regulación blockchain en Puerto Rico (BSA, PRITS, OCIF, IRS, MSB, FinCEN)

¿Qué licencias y requisitos se necesitan para operar con criptoactivos en Puerto Rico?

Registro MSB ante FinCEN

Las empresas que ofrecen servicios de cambio, custodia o transmisión de activos digitales en Puerto Rico deben registrarse como Money Services Business (MSB) ante FinCEN. Esto implica implementar programas AML/KYC robustos y cumplir con los requisitos de reporte establecidos por la normativa federal.

Cumplimiento con requisitos de la OCIF

Además del registro federal, los proveedores de servicios de activos virtuales deben cumplir con las exigencias prudenciales de la OCIF. Esto incluye requisitos de gobernanza, controles de ciberseguridad y políticas de protección al consumidor, en línea con las mejores prácticas internacionales.

Cumplimiento fiscal ante el IRS

Las empresas y personas físicas que operan con criptoactivos en Puerto Rico están sujetas a las obligaciones fiscales del IRS. Esto incluye la correcta declaración de ingresos y ganancias derivadas de transacciones con activos digitales, con especial atención a los efectos fiscales diferenciados por la Ley 60-2019.

Obligaciones AML/KYC

Todos los VASP en Puerto Rico deben cumplir con las obligaciones AML/KYC derivadas del Bank Secrecy Act y de la legislación federal. Esto implica identificación rigurosa de clientes, monitoreo continuo de transacciones, reporte de actividades sospechosas y cooperación con las autoridades competentes.

Tipos de tokens y su regulación en Puerto Rico

Securities (STO)

Los security tokens emitidos en Puerto Rico están sujetos a la normativa federal de EE. UU., principalmente el Securities Act of 1933. La SEC exige que cualquier token que represente derechos financieros o participación en inversiones cumpla con los requisitos de registro o se ampare en exenciones válidas. Las plataformas que negocian estos tokens deben estar debidamente autorizadas.

Utility Tokens

Los utility tokens no están regulados como securities si no generan expectativas de beneficio financiero. Sin embargo, la SEC puede considerar que un token califica como security si se ofrece con fines de inversión. Los emisores en Puerto Rico deben realizar un análisis legal previo para determinar si requieren registro o exención.

Stablecoins

Los emisores de stablecoins en Puerto Rico deben cumplir con la normativa federal (Bank Secrecy Act) y registrarse como MSB ante FinCEN. Aunque en 2025 existen propuestas y discusiones para establecer un marco local específico sobre transparencia de reservas, auditoría y protección al consumidor para stablecoins emitidas en la isla, dicho marco aún no ha sido implementado y la regulación efectiva sigue siendo la federal.

CBDCs

Estados Unidos no ha lanzado aún una CBDC oficial y, desde la orden ejecutiva federal de 2024, el desarrollo de una CBDC está prohibido a nivel federal. Puerto Rico, como territorio estadounidense, no participa en programas piloto oficiales de la Reserva Federal sobre CBDC. Cualquier futura CBDC requeriría un cambio en la legislación federal de EE. UU.

NFTs

Los NFTs artísticos o de colección no están sujetos a regulación específica en Puerto Rico. Sin embargo, si un NFT otorga derechos financieros, ingresos futuros o expectativas de rentabilidad, puede considerarse un security por la SEC, y su emisión o comercialización estaría sujeta a registro o exención. Además, el Departamento de Hacienda ha propuesto incluir los NFTs en el IVU (Impuesto sobre Ventas y Uso), tratándolos como propiedad digital a efectos fiscales.

DAOs y contratos inteligentes

Puerto Rico no tiene aún una ley local específica para DAOs. Los proyectos suelen estructurarse como LLC u otras entidades tradicionales. Si una DAO emite tokens que califican como securities, se aplicarán las leyes federales de valores y las obligaciones AML/KYC derivadas del Bank Secrecy Act.

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