# Regulación de activos digitales y tokenización en Marruecos

> **¿Son legales las criptomonedas en Marruecos?** Con limitaciones importantes: la actividad empresarial con criptoactivos afronta al menos una barrera grave documentada. Bank Al-Maghrib, la AMMC y el Office des Changes declaran prohibido el uso de monedas virtuales y el Office des Changes califica de infracción cambiaria las transacciones con ellas. El Índice Regulatorio de Metlabs aún no le asigna nota: falta evidencia comparable para puntuarlo.

- **Autor:** Javier Yáñez López, Legal & Regulatory en Metlabs
- **Última revisión:** 2026-10-16
- **Último cambio regulatorio:** 2026-01-01
- **Índice Regulatorio de Metlabs:** sin nota global
- **Versión web:** https://metlabs.io/regulacion-blockchain/marruecos/

Marruecos prepara un régimen de criptoactivos mediante el anteproyecto de ley 42.25, pero no se ha confirmado su aprobación ni una vía de licencia operativa. La propuesta distingue servicios, emisión y negociación, con competencias de AMMC y Bank Al-Maghrib. Los controles cambiarios y los comunicados oficiales que califican de infracción cambiaria las transacciones con monedas virtuales siguen siendo determinantes para estructurar operaciones. Un proyecto legislativo no acredita autorización, y su exclusión de ciertos activos no supone libertad de actividad.

Una empresa que quiere captar inversión mediante tokens en Marruecos debe separar dos planos: el tratamiento vigente de la operación y el futuro marco de criptoactivos. El anteproyecto 42.25 describe una vía regulatoria, pero una propuesta no permite presupuestar una licencia como si ya estuviera disponible.

Además de la clasificación del activo, importan los pagos, la residencia de los participantes y los movimientos de divisas. Por eso, un proyecto de tokenización necesita contrastar el derecho que emitirá y sus flujos financieros con las reglas actuales, incluso cuando una actividad quede fuera del ámbito del borrador.

## Qué cambia el anteproyecto 42.25 y qué sigue pendiente

Marruecos mantiene un enfoque restrictivo hacia las operaciones con monedas virtuales. En su [comunicado de 20 de noviembre de 2017](https://www.oc.gov.ma/fr/actualites/communique-mise-au-point-au-sujet-de-l-utilisation-des-monnaies-virtuelles), el Office des Changes afirma que las transacciones efectuadas mediante monedas virtuales constituyen una infracción de la normativa cambiaria, expuesta a las sanciones y multas previstas en los textos vigentes, y recuerda que las operaciones financieras con el extranjero deben realizarse a través de intermediarios autorizados y en divisas cotizadas por Bank Al-Maghrib. En el [comunicado conjunto de 5 de abril de 2022](https://www.oc.gov.ma/fr/actualites/nouvelle-mise-en-garde-des-autorites-financieres-contre-lutilisation-des-monnaies), Bank Al-Maghrib, AMMC y el Office des Changes declaran que prohíben su uso y advierten de sus riesgos financieros y de blanqueo. Son comunicados de las autoridades, no una ley específica, y no permiten deducir una prohibición universal de desarrollar software blockchain o de cualquier derecho representado digitalmente.

El [anteproyecto de ley n.º 42.25 sobre criptoactivos](https://www.sgg.gov.ma/portals/0/AvantProjet/274/Avp_Loi_42.25_Fr.PDF), publicado por la Secretaría General del Gobierno para comentarios del público, propone un marco específico. Su artículo 79 vincula la entrada en vigor a la publicación en el Bulletin officiel. El [informe anual de Bank Al-Maghrib sobre 2025](https://www.bkam.ma/content/download/847720/9164323/RAPPORT%20FR%2025.pdf), fechado en junio de 2026, lo sitúa en examen en la Secretaría General del Gobierno, y el [informe sobre estabilidad financiera de 2025](https://www.bkam.ma/content/download/848253/9167875/RSF%202025.pdf) indica que se ha introducido en el proceso de adopción. No se ha confirmado su aprobación parlamentaria ni su publicación en el Bulletin officiel al cierre de esta revisión. Las [prioridades AMMC para 2026](https://www.ammc.ma/sites/default/files/2026-02/AN%20Priorit%C3%A9s%202026_0.pdf) describen la finalización del marco como trabajo pendiente, no como una autorización ya disponible.

## Qué supervisores intervienen según la actividad

El artículo 5 del [proyecto](https://www.sgg.gov.ma/portals/0/AvantProjet/274/Avp_Loi_42.25_Fr.PDF) atribuiría a la Autorité Marocaine du Marché des Capitaux, AMMC, los proveedores, los tokens de utilidad y la admisión a negociación de tokens referenciados a activos. Bank Al-Maghrib intervendría en los emisores, emisión y oferta de estos últimos. Esta distribución propuesta no debe presentarse como una competencia operativa idéntica sobre toda clase de token.

El Office des Changes controla el cumplimiento cambiario. La Autorité Nationale du Renseignement Financier, ANRF, ya existe: el [informe AMMC de 2021](https://www.ammc.ma/sites/default/files/Rapport%20annuel%202021.pdf) explica que la Ley 12-18 sustituyó la denominación UTRF y redefinió sus funciones. El proyecto de activos digitales no crea por primera vez esta autoridad. La [guía AMMC de prevención del blanqueo](https://www.ammc.ma/sites/default/files/AMMC_Guide%20AMMC%20LBC%20_%20Novembre%202022_1.pdf) recoge el marco legal y sus instrumentos de desarrollo.

## Qué requisitos propone la futura vía de acceso

Los artículos 8 a 11 del [anteproyecto 42.25](https://www.sgg.gov.ma/portals/0/AvantProjet/274/Avp_Loi_42.25_Fr.PDF) contemplan una sociedad mercantil con sede en Marruecos, capital íntegramente desembolsado, responsables idóneos y medios organizativos, técnicos y financieros; también podrían obtener la autorización los bancos, con acuerdo previo de Bank Al-Maghrib, y los operadores de mercado que designe el ministro de Finanzas. La autorización previa de AMMC abarcaría servicios expresamente definidos: custodia, negociación, intercambio, ejecución, colocación, recepción y transmisión de órdenes, asesoramiento, gestión y transferencias. AMMC respondería en dos meses desde el expediente completo, con un máximo de 120 días. El capital mínimo lo fijaría el ministro de Finanzas y los fondos propios AMMC, por lo que esos importes dependen de disposiciones de desarrollo.

Estos requisitos sirven para estudiar una futura implantación, no para anunciar una fecha de licencia o iniciar actividad. Tampoco ha empezado a correr el plazo de dieciocho meses que el artículo 78 daría a quien ya ejerza la actividad a la entrada en vigor para solicitar la autorización. La planificación debe comprobar texto promulgado, entrada en vigor, desarrollo normativo, procedimiento abierto y permisos financieros o cambiarios adicionales antes de captar clientes.

## Qué derechos y activos quedan dentro del perímetro

El artículo 4 de la [propuesta oficial](https://www.sgg.gov.ma/portals/0/AvantProjet/274/Avp_Loi_42.25_Fr.PDF) excluye los instrumentos financieros y los activos digitales con características equivalentes, además de NFT únicos, moneda digital de banco central, minería y finanzas descentralizadas. Quedar fuera de este proyecto no elimina las normas de valores, propiedad, contratación o pagos. Tampoco convierte una plataforma que se denomina DeFi en una actividad jurídicamente exenta.

Para tokenizar valores, un inmueble o un derecho de cobro hay que identificar primero el derecho transmitido y su régimen de emisión, registro y oponibilidad. La posesión del token no demuestra por sí sola propiedad registral ni protección frente a insolvencia. La definición tecnológica de activo digital no sustituye las formalidades exigidas al subyacente o al instrumento financiero representado.

## Cómo condicionan los pagos y las divisas la operación

El [Office des Changes confirma la aplicación de la IGOC 2026 desde el 1 de enero](https://www.oc.gov.ma/fr/actualites/publication-de-l-instruction-generale-des-operations-de-change-2026). Esta instrucción regula operaciones de cambio; no constituye por sí misma una autorización para prestar servicios de activos digitales. El artículo 7 del proyecto mantiene expresamente el cumplimiento cambiario. Emisión, cobro, conversión de divisas y transferencias transfronterizas requieren, por tanto, un análisis coordinado del circuito de fondos.

El artículo 2 del [proyecto](https://www.sgg.gov.ma/portals/0/AvantProjet/274/Avp_Loi_42.25_Fr.PDF) niega a los activos comprendidos curso legal y condición de medio de pago, incluidos los referenciados a activos. No debe interpretarse el tratamiento previsto de stablecoins como permiso general para liquidar obligaciones comerciales. El diseño operativo debe separar negociación, custodia, derechos del cliente y pagos, además de prever controles de identificación, riesgos, seguridad y trazabilidad.

## Qué resolver antes de estructurar una emisión

Prepara un mapa de derechos, participantes y flujos de fondos antes de decidir dónde emitir o custodiar. Para una inversión inmobiliaria o societaria, explica qué contrato, participación o título recibirá el inversor y cómo podrá ejercerlo; el token no resuelve por sí solo esa relación jurídica.

La planificación debe distinguir las obligaciones actuales de las condiciones propuestas en el anteproyecto 42.25. Comprueba su estado de tramitación, la normativa cambiaria aplicable y el encaje de los proveedores antes de comprometer una fecha comercial o presentar una licencia futura como obtenible.

## Puntos clave

- El anteproyecto 42.25 no equivale a una ley promulgada ni a una licencia disponible.
- AMMC y Bank Al-Maghrib tendrían competencias diferentes según actividad.
- La exclusión propuesta de DeFi, NFT únicos y valores no concede una exención general.
- La normativa cambiaria requiere análisis independiente del token y del proveedor.

## Hitos regulatorios

- **2017-11-20** — Comunicado del Office des Changes sobre monedas virtuales. El Office des Changes califica de infracción a la normativa cambiaria, sancionable, las transacciones efectuadas mediante monedas virtuales. (fuente: [Office des Changes · Comunicado de 2017](https://www.oc.gov.ma/fr/actualites/communique-mise-au-point-au-sujet-de-l-utilisation-des-monnaies-virtuelles))
- **2021-06-14** — Reforma de inteligencia financiera. La Ley 12-18, publicada en el Bulletin officiel n.º 6995, renombra la UTRF como ANRF y redefine sus funciones. (fuente: [Informe anual 2021 de AMMC](https://www.ammc.ma/sites/default/files/Rapport%20annuel%202021.pdf))
- **2022-04-05** — Comunicado conjunto de las autoridades financieras. Bank Al-Maghrib, AMMC y el Office des Changes declaran que prohíben el uso de monedas virtuales y piden respetar la normativa vigente. (fuente: [BAM, AMMC y Office des Changes · Comunicado de 2022](https://www.oc.gov.ma/fr/actualites/nouvelle-mise-en-garde-des-autorites-financieres-contre-lutilisation-des-monnaies))
- **2025-08-05** — Anteproyecto de ley sobre criptoactivos. La nota de presentación del Ministerio de Economía y Finanzas está fechada el 5 de agosto de 2025; el texto se publicó para comentarios y no acredita promulgación. (fuente: [Anteproyecto 42.25 y nota de presentación](https://www.sgg.gov.ma/portals/0/AvantProjet/274/Avp_Loi_42.25_Fr.PDF))
- **2026-01-01** — Aplicación de IGOC 2026. La nueva instrucción cambiaria se aplica desde el 1 de enero, sin equivaler a licencia de activos digitales. (fuente: [Publicación de IGOC 2026](https://www.oc.gov.ma/fr/actualites/publication-de-l-instruction-generale-des-operations-de-change-2026))

## Preguntas frecuentes

### ¿El anteproyecto 42.25 permite obtener ya una licencia en Marruecos?

No se ha confirmado su aprobación ni su publicación en el Bulletin officiel, ni un procedimiento de licencia operativo. Según Bank Al-Maghrib, a mediados de 2026 el texto seguía en proceso de adopción. El borrador y las prioridades de AMMC describen el marco propuesto; deben comprobarse publicación oficial, vigencia y desarrollo antes de prestar servicios.

### ¿La exclusión de DeFi y NFT elimina otras obligaciones?

No. El artículo 4 los excluye del ámbito propuesto en determinadas condiciones, pero no deroga las normas de valores, propiedad, contratación, pagos o control cambiario aplicables al proyecto.

### ¿Puede usarse el periodo transitorio del borrador como permiso actual?

No. El anteproyecto 42.25 obligaría a quien ya ejerza la actividad a solicitar la autorización en los dieciocho meses siguientes a su entrada en vigor, pero ese plazo no puede tratarse como iniciado sin acreditar la entrada en vigor del texto definitivo.

### ¿Una licencia de activos digitales resolvería el control cambiario?

No debe asumirse. La IGOC 2026 regula operaciones cambiarias y debe analizarse junto con el modelo de financiación, la residencia y los pagos del proyecto.

### ¿La ANRF nace con la propuesta sobre activos digitales?

No. El informe anual 2021 de AMMC describe la reforma de la Ley 12-18 que sustituyó la denominación UTRF por ANRF. Su existencia no acredita la aprobación del anteproyecto 42.25.

## Cómo citar esta guía

Yáñez López, J. (16 de octubre de 2026). Regulación de activos digitales y tokenización en Marruecos. Metlabs. https://metlabs.io/regulacion-blockchain/marruecos/
